En busca de la Tutela Judicial Efectiva: el establecimiento de una Audiencia en la Segunda Instancia de los Procesos de Garantías jurisdiccionales en Ecuador
DOI:
https://doi.org/10.56048/MQR20225.8.4.2024.916-937Palabras clave:
: Constitucional; Garantías; Jurisdiccionales; Oralidad; PublicidadResumen
La justicia constitucional se diferencia de la justicia ordinaria, debido a que la obligatoriedad de atender y resolver, directa y exclusivamente las garantías jurisdiccionales constitucionales
son atribución de la Justicia Constitucional, que existe como tal debido al resultado de la aplicación directa de las garantías jurisdiccionales constitucionales, reforzada por la existencia significativa de la observación de un sistema jurídico procesal, que considera el procedimiento constitucional para la administración de justicia constitucional.
En contexto, la tutela judicial efectiva considera principios constitucionales importantes como son: oralidad, publicidad e inmediación, por cuanto la Ley de Garantías Jurisdiccionales no establece en segunda instancia una audiencia oral y pública, por lo cual en el proceso no se establece audiencias, sino que se resuelve en cuanto a autos; la audiencia se concede únicamente cuando hay prueba nueva a criterio del juez; por lo cual es probable que no se tome en cuenta los fundamentos que se expusieron en la instancia anterior, lo cual viola el derecho a la defensa y se contrapone al art. 75 de la Constitución de la República.
En consecuencia, se debe considerar el establecimiento de una audiencia en la segunda instancia de los procesos de garantías jurisdiccionales en Ecuador.
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